Diferencia entre zonas y sitios arqueológicos, según la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Presentado por: Irma Alejandra Valladares.

Especialidad en Historia y Arqueología Maya por la Universidad DUCENS, México.

Asignación #4, Unidad 4  correspondiente al 26 de diciembre de 2021.

Tema: Diferencia entre zonas y sitios arqueológicos, según la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos


Zona arqueológica: 

Art. 28 BIS "Zonas arqueológicos serán aplicables a los vestigios o restos fósiles de seres orgánicos que habitaron el territorio nacional en épocas pretéritas y cuya investigación, conservación, restauración, recuperación o utilización revistan interés paleontológico, circunstancia que deberá consignarse en la respectiva declaratoria que expedirá el Presidente de la República".
 

Art. 39 "Zona de monumentos arqueológicos es el área que comprende varios monumentos
arqueológicos inmuebles, o en que se presuma su existencia".
 

A falta de una definición clara de  sitio arqueológico en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la secretaria de Turismo del Gobierno de México menciona que "Una zona arqueológica es un lugar en el cual se ha preservado evidencia de actividades que han sucedido en el pasado, ya sean prehistóricas, históricas o casi contemporáneas, y que han sido investigadas utilizando la disciplina de la arqueología, significando que el sitio representa parte del registro arqueológico".

https://www.sectur.gob.mx/hashtag/2015/05/21/zonasarqueologicas/


Comentarios

Entradas populares de este blog

Principales fases de la investigación arqueológica.

El Tren Maya